|
Mediante Resolución 5707 del 5 de noviembre de
2008, emanada del Ministerio de Relaciones
Exteriores y publicada en el Diario Oficial el
11 de noviembre de 2008, el Gobierno colombiano
ha dispuesto una nueva clasificación de los
nacionales de los países que requieren o no de
la Visa de Visitante (Turista, Visitante
Temporal y Visitante Técnico) para ingresar al
territorio nacional. La citada Resolución entró
en vigencia a partir del día 10 de diciembre de
2008. La Resolución 5707 del 5 de noviembre de
2008, reglamenta el artículo 43 del Decreto 4000
de 2004 y deroga la Resolución 273 de 2005 y las
modificatorias de la misma. Esta nueva
Resolución, refleja, entre otros, los avances de
política migratoria y de trato migratorio hacia
los extranjeros que visitan a Colombia.
|