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Convenios de Colombia con otros países para Visa de Visitante (Turista, Visitante Temporal y Visitante Técnico).

 


Mediante Resolución 5707 del 5 de noviembre de 2008, emanada del Ministerio de Relaciones Exteriores y publicada en el Diario Oficial el 11 de noviembre de 2008, el Gobierno colombiano ha dispuesto una nueva clasificación de los nacionales de los países que requieren o no de la Visa de Visitante (Turista, Visitante Temporal y Visitante Técnico) para ingresar al territorio nacional. La citada Resolución entró en vigencia a partir del día 10 de diciembre de 2008. La Resolución 5707 del 5 de noviembre de 2008, reglamenta el artículo 43 del Decreto 4000 de 2004 y deroga la Resolución 273 de 2005 y las modificatorias de la misma. Esta nueva Resolución, refleja, entre otros, los avances de política migratoria y de trato migratorio hacia los extranjeros que visitan a Colombia.
 

::Resolución 5707::